Invitando a todos los consumidores y fanáticos de la marca y el artista, a participar por una entrada, junto con un acompañante, a l show de Martin Garrix a realizarse el próximo 1 de marzo de 2024 en Multiespacio Costa21, Lima.
PRIMERO: A QUIÉNES SE DIRIGE EL CONCURSO.
La participación de los interesados en el concurso implica el total conocimiento, entendimiento y aceptación de las presentes bases, las cuales se encontrarán a disposición del público general, durante la vigencia del concurso, en el sitio web https://www.jbl.com.pe/terminos-y-condiciones-jbl-martin-garrix.html
Sólo participarán quienes cumplan los requisitos descritos en estas bases y acepten sin reserva las condiciones de estas, quedando descartados quienes no cumplan con uno o algunos de estos.
SEGUNDO: MECÁNICA DEL CONCURSO Y VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN:
TERCERO: SORTEO Y PREMIOS
El premio en todos los casos será el acceso para el ganador más 1 acompañante al evento de Martin Garrix en el Multiespacio Costa21 del 1 de marzo de 2024. El ganador podrá nominar a otra persona para el recojo de las entradas, para este caso, indicando el numero de documento de identidad y nombre completo en el momento de ser notificado de su premio.
El premio no incluye: viáticos, seguros, traslados, ni otros conceptos, impuestos y cargos no especificados en estas Bases Legales. Todo cargo, gasto o costo adicional en que incurran los ganadores con motivo de su participación y aceptación del premio, serán de su exclusiva responsabilidad y cuenta.
Una vez recopilados los datos de contacto y verificado el cumplimiento de los requisitos detallados en estas bases, se informará a los ganadores. Los datos utilizados para contactar a los ganadores serán los registrados en el documento de compra en www.jbl.com.pe
CUARTO: RESPONSABILIDAD POR EL SORTEO Y ENTREGA DE LOS PREMIOS.
QUINTO: REGLAS RELATIVAS A LOS PREMIOS.
SEXTO: COMUNICACIÓN A LOS GANADORES Y PLAZO PARA RECLAMAR LOS PREMIOS
Los ganadores serán notificados por IXCOMERCIO, vía telefónica, al número telefónico y correo electrónico registrados en el documento de compra de www.jbl.com.pe, realizando hasta tres (3) llamadas al ganador.
En el caso de que el ganador no responda por ninguno de los dos medios en el plazo de 24 horas, el premio se declarará desierto y se pasará por orden de lista al suplente del ganador, hasta completar los cupos.
Será responsabilidad del concursante revisar su casilla de correo electrónico y que esta se encuentre apta para recibir las notificaciones o comunicaciones enviadas por la empresa.
El ganador al momento que se le comunique la obtención del premio deberá informar su aceptación.
La entrega de los premios podrá realizarse de manera presencial en la ubicación que IXCOMERCIO determine para tal fin en Calle de los negocios 336 Surquillo Lima, Perú, informándole a los ganadores lugar, fecha y hora de entrega. Para reclamar el premio, los ganadores deberán presentar la información solicitada (documento de identidad y documento de compra del producto). El plazo limite de reclamos de las entradas por parte de los ganadores será como máximo el 1 de marzo de 2024 a las 5:00 pm hora Lima, luego de esta hora, el premio será declarado en abandono, lo cual implica que no tendrá IXCOMERCIO la obligación de entregarla.
El ganador deberá proporcionar los datos completos de su acompañante al evento (esto es, su número de documento de identidad, correo electrónico y teléfono de contacto) a IXCOMERCIO hasta las 15hs del día viernes 1 de marzo de 2024, al correo electrónico que se le indique en la oportunidad en la que se le informe que ha resultado ganador.
Los acompañantes de los ganadores deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1) Ser mayor de 18 años, 2) Ser residente en Perú con documento de identificación, 3) Presentar su documento de identificación a la entrega del premio. Los ganadores no estarán habilitados para ceder o transferir su premio.
Se publicará el resultado del sorteo y nombres de los ganadores, el día 29 de febrero de 2024, en la cuenta de Instagram @jblperuoficial, luego de tener respuesta de todos los ganadores con sus datos y aceptación del premio. Será responsabilidad de los concursantes revisar los canales de comunicación antes utilizados para los efectos de informar el resultado de los sorteos y la individualización de los ganadores.
SÉPTIMO: OBLIGACIONES DE LOS GANADORES.
Los ganadores de los premios, como condición previa para la entrega de los mismos, deberán:
(a) Aceptar expresamente estas bases;
(b) Entregar los comprobantes que se les soliciten y que acrediten que cumplen los requisitos de participación detallados en estas bases, y
(c) Declarar que comprenden que IXCOMERCIO y a la Marca podrán utilizar sus datos (nombre, apellidos u otros que los participantes aporten), así como su propia imagen (fotografía o video) y voz, en uno o más medios de comunicación a elección de la Marca para comunicar la realización del presente Concurso y testimonial del ganador. El uso de los datos, imagen o voz de los ganadores no implicará remuneración ni beneficio alguno para estos, ya fuere monetaria o en especies.
De este modo, los participantes del concurso entienden que, de ser adjudicados con el premio, sus datos (incluida su imagen) podrán ser materia de difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por señal abierta, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) durante el plazo de vigencia de la promoción y hasta un (1) año después de su finalización, sin que el ganador tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. Por su parte, IXCOMERCIO y la Marca declaran que todo uso de los datos personales de los participantes se realizará conforme a lo dispuesto por la Ley N° 29733, Ley de protección de datos personales. El ganador garantiza que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión y/o reproducción de voz y/o datos personales. En caso contrario, se compromete a mantener indemne a IXCOMERCIO. y a la Marca respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas.
En caso de no cumplir con uno cualquiera de los puntos a), b), y c) de esta cláusula y/o cualquiera de los requisitos solicitados en las presentes bases del concurso, se extinguirá la calidad de ganador, sin que le asista derecho al reclamo del premio y/o compensación o indemnización alguna.
No será responsabilidad de IXCOMERCIO cualquier impedimento que afecte a quienes resulten ganadores y que no les permita canjear su premio o darle uso.
Indemnización. Las partes del contrato no serán responsables de indemnizar los daños, lesiones, directos o indirectos que puedan sufrir los ganadores, sus amigos, o terceras personas, debido al uso indebido que puedan hacer estos del premio.
Limitación de la responsabilidad. Las Partes intervinientes no serán responsables de:
a) Registros, comunicaciones o declaraciones tardías, perdidas, retrasadas, mal dirigidas, incompletas, ilegibles, inexactas, distorsionadas o ininteligibles, independientemente del método de transmisión;
b) Problemas de sistema telefónico, hardware telefónico o informático, software u otros fallos técnicos, conexiones perdidas, desconexiones, retrasos o errores de transmisión;
c) corrupción de datos, robo, destrucción, acceso no autorizado o alteración de registros u otros materiales;
d) cualquier error de impresión, tipográfico, administrativo o tecnológico en cualquier material asociado con la promoción.
Averías técnicas. Sin limitar la generalidad de lo anterior, las partes exoneradas no son responsables por el mal funcionamiento de las computadoras, las conexiones de red, los problemas de entrega de correo electrónico, las fallas o incompatibilidades de los sistemas del patrocinador o de terceros, los errores tipográficos, técnicos o de teclado, o las interrupciones en los servicios de Internet, y por notificaciones incompletas, ilegibles, mal dirigidas, mal impresas, tardías, perdidas, dañadas o robadas.
Cada premio deberá ser aceptado en su totalidad. En caso de que exista renuncia o pérdida del derecho a una de las especies que lo componen, se considerará una renuncia o pérdida del derecho a la totalidad del premio.
Los ganadores del premio serán responsables de pagar cualquier gasto distinto a los detallados en estas bases, incluidos los impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes o cualquier otro derecho y/o gasto relacionado con el premio que deba ser pagado de acuerdo con la legislación vigente o que se imponga en el futuro, así como aquellos gastos de traslado y estadía en que incurra para procurar la entrega del premio. Así, todos los costos y gastos no mencionados en estas bases se entienden como expresamente excluidos y son de responsabilidad exclusiva de cada ganador del premio.
Todos los gastos originados en la utilización o uso del premio serán de exclusiva responsabilidad de cada ganador, salvo los que se indiquen en las presentes bases.
IXCOMERCIO o la Marca, no serán responsables cuando el ganador del premio no pueda recibirlo o utilizarlo por causas que van más allá del control razonable de éstos, como el caso fortuito, fuerza mayor o acto del gobierno, o cuando el ganador del premio pierda o renuncie a su derecho de reclamarlo de acuerdo con estas bases; en ambos casos el ganador perderá todos los derechos que pueda tener en relación con el premio.
OCTAVO: MODIFICACIÓN DE ESTAS BASES.
Se deja expresa constancia que esta promoción puede ser suspendida, prorrogada y/o modificada en cualquier forma y tiempo, bastando para ello la declaración por escrito de la Marca y IXCOMERCIO, y resguardando, en cualquier caso, los derechos adquiridos de los consumidores. Para estos efectos, la modificación de estas bases será debidamente informada a los consumidores y concursantes, por alguno o todos los canales de información referidos en las presentes bases.
Al respecto, IXCOMERCIO velará por el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
NOVENO: DECLARACIÓN Y PERSONERÍAS.
DÉCIMO: EJEMPLARES